Enciclopedia de Economia
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OBLIGACIÓN

1) En Estados Unidos, un título de deuda no garantizada de una compañía. Esto contrasta con los bonos hipotecarios que están colateralizados por los inmuebles propiedad del emisor. Las obligaciones, bonos hipotecarios e instrumentos afines se denominan colectivamente bonos. Las obligaciones suelen tener una estructura jerárquica en cuanto a la fortaleza de los derechos de sus tenedores frente al emisor. Por ejemplo, los derechos de los tenedor
es de obligaciones preferentes tienen prelación sobre los derechos de los tenedores de obligaciones subordinadas. 2) Un deber impuesto por ley o por contrato.

Valor mobiliario que representa cada una de las partes alícuotas en que se divide una deuda, en forma de empréstito, contraída por una sociedad mercantil o por cualquier otra institución, privada o pública, con facultades para ello. Mientras que la acción le confiere a su titular la condición de socio, la obligación le otorga la de acreedor. Al igual que las acciones, las obligaciones pueden representarse por medio de títulos o de anotaciones en cuenta. Las obligaciones representadas por medio de títulos podrán ser nominativas o al portador, y emitirse, con garantía especial o sin ella, a la par, sobre la par o bajo la par, según que el precio de emisión sea igual, superior o inferior a su valor nominal. Las obligaciones pueden emitirse también con prima de reembolso, cuando el precio de reembolso supera a su valor nominal, o con lotes, cuando cada intervalo de tiempo (generalmente por año o por semestre) se sortea entre los títulos que todavía están pendientes de amortización (títulos vivos) uno o varios premios. Según el plazo máximo de amortización, las obligaciones pueden emitirse a corto, a medio o a largo plazo. Las obligaciones emitidas a corto y a medio plazo se denominan generalmente bonos. Las obligaciones representadas por medio de anotaciones en cuenta se rigen por la normativa reguladora del mercado de valores.

Documento que crea una deuda o la reconoce. Valor de renta fija. Liability. Debenture. Bond.

(En inglés: obligation )

En un sentido jurídico, dependencia de carácter legal que obliga a una persona a hacer, no hacer o dar algo. Así, en el vínculo entre acreedor y deudor, el acreedor es el titular de un derecho que le permite exigir del otro que satisfaga su deuda mediante la prestación acordada, que el deudor tiene el deber jurídico de cumplir.

Título de renta fija que representa una parte alícuota de un préstamo que se hace a una sociedad. La obligación es retribuida a un tipo de interés prefijado, independiente de los resultados de la sociedad. La obligación nace para ser amortizada a un vencimiento determinado.

En inglés: Obligation, Bond, Liability, Debenture.

Cualquier tipo de deuda.

 

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