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EMPRESA PÚBLICA
Empresa cuyo capital, en su totalidad o en su mayoría, es propiedad del Estado, de una Comunidad Autónoma o de una Corporación Local. Tienen también la consideración de empresas públicas las sociedades mercantiles con mayoría de capital privado cuya dirección y control es responsabilidad de los poderes públicos que tienen la facultad legal de nombrar la mayoría de los miembros de su Consejo de Administración . Por razones de interés general o bienestar social, la creación de empresas públicas en los diferentes países ha respondido a motivaciones diversas: provisión de bienes y servicios básicos para la sociedad, reforzar o suplir la falta de iniciativa privada en determinados sectores productivos, frenar la entrada de capital extranjero, desarrollar actividades capital-intensivas de elevado contenido tecnológico, resolver problemas a corto plazo no susceptibles de ser resueltos de otro modo, motivaciones ideológicas, etcétera. En la empresa pública se entremezclan dos preocupaciones fundamentales:
la consecución de los objetivos o propósitos públicos para los que fue creada, y
El logro de unos objetivos financieros o de mercado, como correspondería a cualquier empresa privada, y que precisamente por ello a la empresa pública se le dota generalmente de la forma jurídica mercantil.
La obtención del máximo beneficio o lucro no es, ni nunca lo ha sido, el principal objetivo de la empresa pública. Los fines u objetivos de la empresa pública se identifican con los del sector público: eficiencia asignativa, estabilidad y pleno empleo, crecimiento económico y redistribución de la renta. La administración de la empresa pública no debe desligarse nunca, sin embargo, del principio del máximo beneficio o lucro, dual del principio de economicidad, que no significa sino la consecución de unos determinados objetivos con el menor sacrificio o coste y que es consustancial con todo quehacer económico-empresarial. En la empresa pública el objetivo del máximo beneficio es un objetivo intermedio, supeditado siempre a la consecución de objetivos superiores.
Junto a las restricciones que en un orden económico de mercado configuran la actuación de cualquier tipo de empresa, en el caso de la pública hay que añadir las restricciones que se derivan de la intervención pública en defensa del interés general. Como la empresa pública se halla sometida a un mayor número de restricciones, para un mismo nivel o grado de eficiencia el valor de su óptimo económico (máximo beneficio, por ejemplo) será siempre inferior al de la privada, salvo que la correspondiente empresa pública perciba subvenciones o auxilios de naturaleza similar. De ahí que la eficiencia de la empresa pública no se pueda medir con criterios de mercado exclusivamente.
Empresa de propiedad del Estado u otro ente público, o de la que uno u otro es el principal accionista [Congdon y McWilliams]. Public enterprise. Nationalized industry.
(En inglés: state-owned company )
Aquella cuya propiedad disfrutan total o parcialmente las Administraciones Públicas. Su objetivo no es siempre obtener beneficios, sino garantizar la producción de determinado bien o la prestación de determinado servicio.
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