SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA
(En inglés: Reciprocal guarantee company )
Sociedad mercantil de capital variable, cuyo objeto social consiste en prestar las garantías necesarias a favor de sus socios, es decir, de las empresas de las que éstos sean titulares. Se trata de una fórmula que sirve para que generalmente las PYMES consigan los créditos que precisen de las entidades de crédito, ya que, de otra forma, no podrían ofrecer los avales o garantías por éstas exigidas. Estas sociedades gozan de exenciones fiscales, ventajas crediticias, y cuentan, además, con una garantía del Estado, denominada segundo aval, que facilita su actividad.
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