Enciclopedia de Economia
A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z
 
 
 

REGLA 144

Período de dos años de tenencia y requisitos de volumen de operaciones con arreglo a la Regla 144 de la SEC. La Regla 144 forma parte de la Ley sobre Valores de 1933, cuya finalidad principal es exigir el registro en la SEC de los títulos valores vendidos al público. Sin embargo, el registro de acciones lleva mucho tiempo y es caro. Por esta razón, las compañías emisoras a menudo venden acciones no registradas de manera privada y frecuentemente deciden no registrar las acciones de control y las acciones restringidas para reventa al público. A falta de registro, la única manera práctica para los titulares de vender acciones de control o acciones restringidas es de acuerdo con los requisitos de la Regla 144 o mediante una transacción privada.

Ver acciones de control y acciones restringidas para conocer detalles sobre estas dos categorías y para las normas aplicables a su venta.

 

<< término anterior
término siguiente >>
REGISTRO PREVIO DE UNA EMISIÓN
REGLA 145

 

Marcar ésta página de bookmark:

 
 

 

  Otros términos : TRANSACCIÓN LUCRATIVA | TÍTULO AL PORTADOR | M-3

Temas | Nuestro proyecto | Contacto | Imprenta