IMAGEN FIEL
Referidos generalmente a las cuentas anuales o estados contables de síntesis (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria), el principio de imagen fiel (del inglés true and fair view) es una aspiración o meta ideal que se refiere a la necesaria corrección y fiabilidad de la información contenida en los estados contables. Como el proceso de cálculo del beneficio empresarial y la consiguiente fijación del valor del neto patrimonial comporta la utilización de unas reglas de contabilidad y de unos principio s o criterios de valoración no necesariamente unívocos, tanto el beneficio como el neto patrimonial resultantes pueden ser diferentes según que se utilicen unas u otras reglas y principios. De ahí que por fiabilidad no. debe entenderse la exigencia de una exactitud matemática o de una veracidad absoluta, sino simplemente una aproximación razonable a esa veracidad extrema; y por corrección, no sólo la corrección formal, sino la adecuación o correspondencia de los datos y cifras contables con la realidad patrimonial y los resultados de la empresa o sociedad. La repre-sentatividad o imagen fiel de las cuentas anuales sólo puede ser certificada por un auditor externo o experto contable con titulación adecuada cuando dichos estados contables han sido confeccionados de conformidad con las normas o principios de contabilidad generalmente aceptados.
En inglés la palabra true significa verdadero, verídico; mientras que fair puede traducirse por justo, imparcial, equitativo, honesto, claro. La expresión true and fair view fue utilizada por primera vez en el derecho positivo de Gran Bretaña por la Companies Act de 1948 (con anterioridad habían sido utilizadas ya expresiones similares). La Ley de Sociedades francesa de 1966 demanda de la contaiblidad regularidad y sinceridad. La Ley de Sociedades Anónimas española de 1951, claridad y exactitud. El artículo segundo de la Cuarta Directiva de la CEE establece que las cuentas anuales deberán dar una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la soicedad. Tanto la nueva Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, artículo 1722) como el nuevo Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre) disponen que las cuentas anuales deben ser redactadas con claridad y mostrar una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. En idénticos términos está redactado también el artículo 34.2 del vigente Código de Comercio.
(En inglés: true and fair view )
Criterio que deben cumplir las cuentas anuales de una empresa (balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria), las cuales deben reflejar su situación financiera, patrimonio y resultados, seguir las disposiciones legales y ser valoradas de forma objetiva.
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