Enciclopedia de Economia
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COTIZACIÓN CALIFÍCADA

El artículo 22 de la Ley 7/1964, de 30 de abril, estableció la distinción de simple o calificada para la cotización oficial de los títulos valores en las Bolsas Oficiales de Comercio. Para que una determinada clase de títulos valores pudiera obtener la condición de cotización calificada era preciso que concurriesen en la misma las características de volumen y frecuencia de contratación que se establecieron reglamentariamente por Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de noviembre de 1966. La obtención de la condición de cotización calificada tuvo interés por razones fiscales principalmente, dada la posibilidad de desgravar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas un determinado porcentaje de las inversiones en esta clase de valores. Por distintas causas, entre ellas la desaparición de la mencionada desgravación, la distinción de la cotización de los valores mobiliarios en simple y calificada perdió importancia y fue derogada por el Real Decreto 650/ 1988, de 24 de junio.

 

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