Llamada también por sus siglas VPT, toda vivienda libre, nueva o usada, cuya superficie útil no sea superior a 120 m2, que se destine a domicilio habitual y permanente y cuyo precio de venta no supere el que la Administración ha establecido en unos módulos. Para su compra, los interesados han de reunir ciertos requisitos, generalmente relacionados con su nivel de venta, y gozarán de préstamos con entidades de crédito a un tipo de interés subsidiado, en los que la Administración se encarga de abonar a la entidad una parte de los intereses. También se encuadran dentro de esta categoría las viviendas de protección oficial en 2.a y posteriores transmisiones.